La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, es la que regula la contratación con las Administraciones Públicas (Central, Autonómica o Local). Toda Empresa interesada en contratar con la Administración está obligada a prestar garantía ante la misma.
Se pueden solicitar avales individuales o líneas de clasificación, con un límite previamente fijado para facilitar su disponibilidad cuando sean necesarios.
Los contratos con las Administraciones Públicas pueden ser de: obra, suministro, servicio, consultoría o asistencia.
Tipos de Garantías:
- Provisionales (de Mantenimiento de Oferta)
- Definitivas y Complementarias (Cumplimiento Contrato)
- Por Abonos a Cuenta
- Anticipo
- Acopio de materiales o Maquinaria

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