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Seguro de afianzamiento de cantidades anticipadas

El tomador es la persona física o jurídica (también cooperativas de viviendas o comunidades de propietarios) que realiza una promoción de viviendas, y los asegurados son los compradores de dichas viviendas.

La Ley determina que todos los promotores de viviendas (también garajes y trasteros vinculados) deberán suscribir un seguro de caución que garantice a los compradores que las cantidades que éstos van a entregar a los promotores, antes de la entrega de las viviendas, les serán devueltas para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido.

En todo caso tener en cuenta que la suscripción de dicho seguro:

  • Cumple con la Ley garantizando los derechos de los compradores de las viviendas.
  • Transmite imagen seriedad y genera confianza al consumidor.
  • Evitamos que impongan multas de hasta el 25% del capital recibido a cuenta y no asegurado.
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